Con carácter excepcional, el régimen de descanso
obligatorio para las licencias de autotaxi durante la
noche del día 31 octubre al día 1 de noviembre
queda fijado del siguiente modo:
- Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 0,
4, 6 y 8
descansarán obligatoriamente desde las 08.00 horas del miércoles
1
de noviembre hasta las 06.00 horas del día siguiente.
- Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal
termina en 1 ó
2, a las que les corresponde permanecer inactivas por
ser miércoles,
descansarán obligatoriamente desde las 06.00 horas de
ese día hasta
las 06.00 horas del día siguiente.