lunes, 8 de junio de 2015
SOBRE LOS CONDUCTORES EN TELE-TAXI
Recordamos a los socios que tienen conductor lo siguiente:
Artículo 14 de las Normas de Régimen Interno, dice que
Son faltas muy graves,
j) Tener conductor y no pasar por la F.P.T.M. el TC1 y TC2 en los treinta días
siguientes a la contratación del conductor o cuando le sea requerido por la Junta
Directiva. En caso de tener conductor a jornada parcial deberá entregar
fotocopia de la tarjeta profesional del asalariado antes de empezar la actividad.
Y es muy importante tener todos los datos actualizados de los conductores por operatividad de la emisora, así como por seguridad.
Gracias